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jueves, 27 de mayo de 2010

Los Principios Constitucionales del Derecho Tributario.

Los principios pueden ser considerados como rectores, como directivas u orientaciones que hacen a un ordenamiento jurídico. Su fuente la podemos encontrar en el Derecho Natural normativo, derivados de este derecho existen los “derechos naturales”, que para que alcancen su perfección necesitan de la Ley Eterna y del necesario “contrabalance” de derechos y deberes.
“El derecho normativo natural es una ley objetiva, una parte de la ley natural –aquella que regula principalmente nuestras relaciones con otros- siendo por lo tanto el aspecto “social” de nuestra participación como criaturas racionales en la Ley Eterna” (Bernardino Montejano (H.) “Curso de Derecho Natural”, Tercera Edición, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1983, pág. 269 y ss.).
En el mismo sentido el contrabalance al poder tributario de un estado esta dado por las garantías del contribuyente, que son anteriores al Estado mismo, ya que devienen, como vemos, del derecho natural asignándoseles rango constitucional.
Dentro de las limitaciones al poder tributario, encontramos los principios jurídicos de la tributación, que se encuentran incorporados al texto constitucional, y otro derivado de la organización política de los Estados, también de carácter constitucional, que puede estar relacionado con el orden internacional, vinculado al problema de la doble imposición (conf. Giuliani Fonrouge, Carlos M., “Derecho Financiero”, obra actualizada por Susana Camila Navarrine y Rubén Oscar Asorey, Vol. I, 7ª edición, Desalma, Buenos Aires, 2001, pág. 367).
Dentro de los recaudos constitucionales a los cuales venimos haciendo que mención, tenemos cuatro fundamentales ellos son el principio de legalidad, el de igualdad, de no confiscatoriedad y el de finalidad.
En las siguientes publicaciones nos abocaremos específicamente a cada uno de ellos, analizando las sus implicancias y relación con la obligación fiscal.

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